Por: José de Jesús Aguilar Carrasco
Amable lector, la semana
pasada explicamos los antecedentes y el contexto general que ronda el
sistema penal acusatorio en nuestro país, sistema que ha sido
descalificado en los últimos días. Para tratar de profundizar un
poco en este nuevo mecanismo de enjuiciamiento hay que dejar muy
claro que se trata de una serie de etapas que comienzan a partir de
lo que se ha denominado como la “noticia criminal” esto es una
vez que se ha cometido un delito, y es precisamente a partir de este
momento en el que aparece en el escenario un participante que en el
anterior sistema no tenía mayor trascendencia que vigilar lo que
había ocurrido en el lugar al que había sido convocado,
circunstancia muy lejana a la responsabilidad prioritaria que hoy
entraña la figura del policía que llega a atender una llamada de
auxilio por la comisión de un delito a quien el actual sistema le
denomina el “primer respondiente”.
Este primer respondiente es
como su nombre lo indica el primer funcionario que se encarga de
tomar los indicios para conformar los datos de prueba que con
posterioridad deberán ser entregados a otro tipo de policía que la
ley denomina policía de investigación y que ambos, en sus esferas
de competencia auxiliarán al ministerio público para la indagación
de los delitos en conjunto con una figura más como lo son los
peritos. A estos funcionarios se les ha denominado la “trilogía de
la investigación”.
Sin embargo es en el caso
de los primeros respondientes que la mayoría de las ocasiones
resultan ser los policías municipales de las demarcaciones en donde
se cometen los actos posiblemente constitutivos de delito, donde la
preocupación debe movernos como sociedad, esto es, ¿como se puede
exigirle a un policía municipal ya no digamos de la capital del
estado o de los municipios más grandes de nuestra entidad que
cumplan con su labor, sino de aquellos otros que se dedican a esta
función porque fue la última opción de empleo que encontraron para
poder llevarles el sustento a sus familias, y que estando ya dentro
de las corporaciones, los presidentes municipales jamás voltean ni
direccionan los suficientes recursos para su preparación,
capacitación, sentido de pertenencia a su institución, mejoramiento
de sus condiciones laborales y sobre todo el respaldo jurídico que
dichos funcionarios requieren para lograr cumplir con su cometido?
Es precisamente en esta
etapa del procedimiento en donde se han cometido los mas graves
errores que han provocado la liberación de algunos delincuentes,
pero estos errores no pueden ser atribuibles a quienes hacen un
esfuerzo supremo por cumplir con su labor pese a las precarias
condiciones en las que la mayoría de los municipios del estado de
Puebla tienen para con su fuerza pública.
La exigencia desde el
punto de vista de quien escribe es precisamente a los alcaldes del
estado para que se concienticen en que deben destinar mayores
recursos a este rubro, no solo en la compra de patrullas y de
armamento que desde luego resultan importantes, sino en el incremento
de los ingresos de los elementos de seguridad pública, en
capacitación real no simulada, en la profesionalización de los
cuerpos de seguridad pública que garanticen que el sistema penal
acusatorio al momento de tener un hecho criminal, sean iniciadas las
investigaciones y la preservación de las escenas lo más profesional
posible, por cierto insisto, antes de criticar el sistema penal
acusatorio, que todos los implicados cumplan con lo que la
constitución ordena y mandata en sus respectivas facultades, porque
finalmente protestaron cumplir y hacer cumplir la misma.