Lo Último

domingo, 18 de junio de 2017

¿Es cierto que el Sistema Penal no sirve? ¿O en que falla?


En el 2008 México fue prácticamente comprometido por la comunidad internacional para lograr modificar de manera sustancial su sistema jurídico, los voluminosos expedientes, los litigios eternos y los altos niveles de corrupción en el mecanismo jurisdiccional, hicieron que se “sugiriera” so pena de cancelar apoyos externos, el que México comenzara a transitar de un sistema judicial anquilosado y lento a otro mucho más eficiente y eficaz.

 El primer paso: el sistema penal; carta de presentación de nuestro país en el que las noticias no siempre, por decir nunca, estuvieron en los mejores conceptos. Aquél procedimiento que permitía tener a inocentes en prisión y a culpables en las calles, impunes y sin ninguna protección efectiva a la víctima, condiciones que incluso inspiraron a poetas como Salvador Díaz Mirón a referirse a la otrora prisión de “Lecumberri” como “aquel lugar maldito donde abunda la pobreza, en donde no se castiga el delito, se castiga la pobreza”.

 Por ello se llevó a cabo una reforma constitucional que modificó todo el capitulado penal de nuestra Ley Suprema y años más tarde la elaboración dela miscelánea penal que hoy está en vigor y que la conduce un Código Penal Único en todo el país al que se le denominó Código Nacional de Procedimientos Penales.

 Así entonces, la reforma constitucional obedeció a un amplio estudio realizado por juristas, académicos y estudiosos del derecho penal que permitió también establecer en uno de los artículos transitorios que las federación y las entidades federativas contarían con un periodo de ocho años, es decir noventa y seis meses para capacitar a los ministerios públicos, jueces y por supuesto a los policías preventivos que son finalmente quienes tienen de primera mano el contacto con la escena del crimen.

Los años pasaron, la preocupación de los mandatarios fue el tema político, las elecciones, el ir el venir, pero nunca prestaron la atención debida al tiempo que se avecinaba y a la obligación constitucional que tendrían que cumplir, incluso algunos respaldados por las opiniones de juristas destacados como el Licenciado Juan Velázquez, el llamado “abogado de diablo” vaticinaron que el nuevo sistema de justicia penal acusatorio sucumbiría, y entonces la confianza los embargo.

Pasaron los años 2009, 2010, 2011, 2012, y comenzó a entrar en vigor el sistema en algunas zonas del estado de Puebla, y 2013 y 2014, 2015 y finalmente en 2016 entró en vigor en todo el territorio estatal, un sistema que no tiene marcha atrás, que no la podrá tener porque es un acto de regresión en la impartición de justicia, solo que hoy con total desconocimiento del sistema los gobernadores del país, e incluso algunos alcaldes sin idea mínima de lo que hablan, han culpado a este novedoso sistema jurídico de las pifias que como responsables de las políticas de prevención del delito han tenido.

Déjeme explicar esto señor lector, la función del ministerio público comienza a partir de que tiene conocimiento de un hecho con apariencia de delito, la función de juez es vigilar en principio que la actuación del ministerio público sea apegada a la ley y posteriormente juzgar y determinar sobre la inocencia o culpabilidad de un sujeto.

La función de quienes hoy descalifican a este sistema es “prevenir”, la política criminal debe entenderse no solo desde lo que Lombroso denominaba “la amenaza de la pena”, sino desde las acciones tendientes a evitar que el delito se produzca, es decir; una Estado eficiente no es aquel que más delitos castiga, sino en donde menos ilícitos se cometen, y para ello es necesario implementar gobiernos cercanos a la gente, la recomposición del tejido social y cumplir con lo que la ley mandata.

Esto es, invertir los recursos necesarios para la capacitación de la policía y los ministerios públicos, pero también dotarlos de equipo suficiente y eficiente que les permita realizar su labor. Centralizar las agencias del ministerio público, dotar de una impresora para cinco agentes del ministerio público y entregar turnos a las víctimas del delito como si fuera fila para comprar jamón, en nada abona a cumplir con lo establecido en la reforma constitucional.

El sistema penal acusatorio es perfectible, debe ser producto del estudio de “juristas” no de actores políticos, que por cierto no han cumplido con la parte que les corresponde en este sistema de enjuiciamiento. No es el sistema lo que no funciona, son quienes tienen la obligación de dotar de los mecanismos técnicos y humanos necesarios para su funcionamiento quienes nos han fallado. En este país mientras la política se superponga al derecho, estaremos condenados al mismo fracaso.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entradas populares